Por favor, use este identificador para citar o enlazar este ítem: https://hdl.handle.net/20.500.12759/9402
Título : La Garantía del principio de legalidad en el proceso de altos funcionarios del Estado por Infracción Constitucional en el Perú
Autor : Moreno Rentería, Carlos Guillermo
Asesor: Rojas Lujan, Víctor William
Palabras clave : Garantía
Proceso
Fecha de publicación : 2022
Institución : Universidad Privada Antenor Orrego. Escuela de Postgrado
No. de serie: D_DERE_048
Resumen : Como una idea preliminar, se expone que, en todo contexto social, siempre se cuenta con una estructura jerárquica de poderes, por la voluntad expresa de la población, para que, en la propia interacción de aquellos, sean regulados a través de medios de control, que en la parte que nos importa, serían los denominados formales. Sin embargo, precisamente por los ejes verticales de poder, de unos agentes en comparación a otros tantos, ya sea por su rol de funcionarios de alto rango – como el caso del Presidente de la República, los Congresistas, El Fiscal de la Nación, entre otros-, cuando se les procesa por algún delito que han cometido en el ejercicio de su cargo, llevan un procedimiento distinto que la propia Constitución Política del Perú, ha catalogado como “ante juicio o juicio político”, a través de la denominada “Acusación Constitucional”. La concepción normativa que se ha tenido acerca de estas figuras, han tenido un importante cambio a lo largo de dación de Constituciones Políticas que se desarrollaron en su oportunidad, en instancias nacionales. Como una forma de brindar el panorama general de este tipo de figuras, el profesor Ortecho Villena (2003), precisa que los origines de esta manera de procesar a los funcionarios de más alto rango, son el denominado juicio de residencia que se estructuró en la esfera colonial, y que recaía en los virreyes, de los cuales, sin asumir que se podría discriminar o separar aquellos, debían detallar aspectos propios de su gestión. (pág. 63) En esa línea del autor precedente, se señala que cuando ya se tenía autonomía en cuanto a las funciones, se continuó en la práctica del juicio de residencia, hasta los años 1860-1870, en donde a través de lo establecido ya por las posteriores constituciones, se arribó a la figura del antejuicio, el mismo que en la Carta Magna Actual, existe con el nombre de juicio político. (pág. 63) Los criterios que se han utilizado para subsumir dentro de este tipo de procesos a los funcionarios de mayor jerarquía en el eje estatal, apuntan a que no existe uniformidad de funciones entre cualquier sujeto habitante de una población, respecto a los que ostentan un poder, pues precisamente, esta jerarquía, suministra una explicación del sometimiento a procedimientos especiales para aquellos funcionarios.
URI : https://hdl.handle.net/20.500.12759/9402
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